Organos de tratado | ¿Cómo responden los órganos de tratados a las situaciones de crisis como en Burundi?

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Por Armel Niyongere. Niyongere es abogado de derechos humanos y ha sido líder de la sociedad civil en Burundi durante varios años. A menudo, representa a la sociedad civil de Burundi mediante la preparación y presentación de informes alternativos ante los órganos de tratados de la ONU.

Los órganos de tratados demostraron que son capaces de adoptar las medidas adecuadas en situaciones de crisis, como en Burundi. Se necesita una coordinación con los órganos de alto nivel de las Naciones Unidas, como el Consejo de Seguridad o el Consejo de Derechos Humanos, para situaciones similares.

Este artículo se publicó por primera vez en OpenGlobalRights el 27 de noviembre de 2019.

Desde 2015, Burundi atraviesa una grave crisis política que tiene efectos extremadamente perjudiciales para la situación de los derechos humanos. Miles de personas fueron asesinadas o están desaparecidas, cientos de mujeres y niñas fueron violadas, mientras que otras personas, condenadas injustamente, se pudren en la cárcel y cientos de miles más se han visto obligadas a abandonar el país y buscar asilo dentro de la subregión y en otros países. 

Uno tras otro, y sin éxito, los distintos mecanismos internacionales de protección de los derechos humanos han pedido al gobierno de Burundi que proteja a sus propios ciudadanos contra las violaciones de sus derechos.

Varios órganos de tratados de la ONU, cada uno dentro de su esfera específica, han condenado las violaciones de derechos y obligaciones cometidas y han formulado recomendaciones en las que piden al país que garantice el respeto de los derechos y las libertades de sus ciudadanos.

Cada vez, en lugar de responder a las preguntas y aplicar las recomendaciones de los órganos de tratados, el gobierno de Burundi ha tomado represalias de inmediato contra las organizaciones o las personas que colaboraron con dichos órganos y ha desestimado los exámenes, como fue el caso en julio de 2016, cuando el Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura solicitó un examen especial de la situación en Burundi.

En esa ocasión, el régimen de Buyumbura tomó represalias contra las organizaciones de Burundi al inhabilitar para el ejercicio de su profesión a cuatro juristas y activistas burundeses. A esta medida le siguió una incautación generalizada de los bienes de varios otros activistas de derechos humanos, todos ellos acusados injustamente de conspirar con las fuerzas armadas golpistas del 13 de mayo de 2015.  

La Organización de las Naciones Unidas condenó las amenazas contra las personas que participaron en el examen de Burundi. Esas amenazas constituyen una clara violación de la convención que establece que los demandantes y los testigos están protegidos “contra todo maltrato o intimidación como consecuencia de su queja o cualquier prueba presentada”.

La política del gobierno ha sido negarse a dar la cara, como evidencia su decisión de no permitir el acceso a Burundi a la comisión de investigación que ordenó el Consejo de Derechos Humanos y de declarar  personas no gratas a los expertos de la ONU en dicha Comisión.

La retirada unilateral del Estatuto de Roma, justo cuando la Corte Penal Internacional comenzaba sus investigaciones preliminares sobre delitos relacionados con la oposición popular contra un tercer mandato del presidente actual, fue otro paso encaminado a liberar gradualmente a Burundi de sus obligaciones internacionales.

A pesar de que las grandes potencias aún pueden vetar a este último, los órganos de tratados pueden determinar que una situación requiere una intervención urgente de la comunidad internacional.

Por desgracia, las respuestas de los órganos de tratados y otros órganos de la ONU no detuvieron a la maquinaria represiva, pero sí exhibieron la capacidad de un régimen represivo, como Burundi, de emplear todos los medios posibles para tomar represalias contra los activistas. Esto destacó la necesidad de una respuesta fuerte y sistémica de los órganos de la ONU. En Burundi, casi todos los activistas que colaboraron con los órganos de derechos humanos de la ONU durante los últimos años se vieron obligados a exiliarse y casi todas las organizaciones independientes de derechos humanos perdieron sus registros, y sus cuentas bancarias fueron congeladas. Asimismo, no hay que olvidar el cierre de la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU en el país.

Las violaciones de las obligaciones internacionales y constitucionales de Burundi exigen una respuesta contundente por parte de la comunidad internacional, en particular de los órganos de la ONU. Se espera que el examen especial de Burundi por el Comité contra la Tortura y la comisión de investigación creada por el Consejo de Derechos Humanos proporcionen respuestas. Sin embargo, hasta la fecha, las víctimas aún buscan justicia y la represión sigue siendo generalizada.

Esta amarga situación pone de relieve la necesidad de que los órganos de tratados remitan las violaciones repetidas y sistemáticas de las Convenciones internacionales, así como los crímenes de lesa humanidad probados, a los órganos de más alto nivel; es decir, al Consejo de Seguridad. A pesar de que las grandes potencias aún pueden vetar a este último, los órganos de tratados pueden determinar que una situación requiere una intervención urgente de la comunidad internacional, ya que reciben y analizan informes detallados que documentan las violaciones, algunos de ellos completamente confidenciales por la naturaleza de su contenido.

Al remitir directamente las violaciones graves y probadas de los tratados internacionales al Consejo de Seguridad o el Consejo de Derechos Humanos, los órganos de tratados no solo mostrarían que su relevancia y capacidad de acción no se limitan a un ciclo de examen periódico, sino también que pueden responder cuando la situación exige acciones inmediatas.

Las opiniones reflejadas en este editorial no necesariamente reflejan las de ISHR.​

Photo: Doudou Diène, President of the UN Commission of Inquiry on Burundi, UN Geneva/Flickr (CC BY-NC-ND 2.0)

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